Artículo 5. Nombramiento.
Artículo 5 de la Ley 13/2008, de 5 de noviembre, de la presidencia de la Generalidad y del Gobierno. · BOE-A-2008-19526
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-12-02.
Texto consolidado
1. El presidente o presidenta de la Generalidad, tras ser investido por el Parlamento, es nombrado por el rey o reina a propuesta del presidente o presidenta del Parlamento.
2. El nombramiento del presidente o presidenta de la Generalidad se publica en el «Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya» y tiene efectos a partir de la toma de posesión, que debe celebrarse en el plazo de cinco días a partir del nombramiento.