Artículo 5. Convergencia de archivos, bibliotecas y museos.
Artículo 5 de la Ley 11/2007, de 26 de octubre, de Bibliotecas de Euskadi. · BOE-A-2011-16754
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-12-09.
Texto consolidado
Los servicios bibliotecarios se prestarán mediante una política de información encaminada a la convergencia de las instituciones de los sectores de archivos, bibliotecas y museos.