Artículo 5. Principios informadores.
Artículo 5 de la Ley 10/2010, de 16 de noviembre, de la ciencia, la tecnología y la innovación de Extremadura. · BOE-A-2010-19047
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-11-20.
Texto consolidado
Son principios informadores de esta Ley los siguientes:
a) La coordinación y la cooperación entre todas las Consejerías de la Junta de Extremadura y los organismos públicos y privados que desarrollan actividades de investigación científica y técnica, desarrollo tecnológico e innovación.
b) La coordinación y complementariedad de actuaciones con los planes nacionales y los programas marco europeos.
c) Los criterios de sostenibilidad en la elaboración de las estrategias en materia de ciencia, tecnología e innovación.
d) La calidad en el empleo y la mejora de las condiciones de trabajo para el personal vinculado al Sistema Extremeño de Ciencia, Tecnología e Innovación.
e) La participación y divulgación al conjunto de los ciudadanos del papel de la ciencia, la tecnología y la innovación en sus vidas cotidianas.
f) La internacionalización de la ciencia, la tecnología y la innovación a las empresas.