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Ley Vigente

Artículo 5. Administraciones competentes en materia de transporte.

Artículo 5 de la Ley 1/2014, de 17 de noviembre, de Transporte de Viajeros por Carretera. · BOE-A-2014-12975

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-12-02.

Texto consolidado

Son Administraciones competentes en materia de transporte público de personas por carretera las siguientes:

a) La Comunidad Autónoma, a través de la Consejería competente en materia de transporte o de las entidades de derecho público con personalidad jurídica propia que sean creadas por aquélla para la ordenación, planificación, dirección y gestión del transporte.

b) Los municipios de la Comunidad Autónoma.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2014-12-02.

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