Artículo 5.
Artículo 5 de la Ley 1/1992, de 7 de mayo, de Pesca Fluvial. · BOE-A-1992-22500
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1992-09-24.
Texto consolidado
Las piezas de pesca se adquieren por ocupación de acuerdo con lo dispuesto en la presente Ley.