Artículo 5.
Artículo 5 de la Ley 1/1991, de 14 de marzo, por la que se crea y regula la Comarca de El Bierzo. · BOE-A-1991-9704
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1991-04-09.
Texto consolidado
1. La Comarca de El Bierzo podrá realizar las obras y prestar los servicios siguientes:
a) Los de interés comarcal.
b) Los complementarios de los municipales.
c) Los de competencia municipal cuando su realización o prestación resulte imposible o muy difícil para el municipio y razones de economía y eficacia así lo aconsejen.
2. En todo caso, los servicios que la Comarca de El Bierzo preste podrán alcanzar a todo su ámbito territorial o a una parte del mismo.