Artículo 5. Tratamiento y cesión de datos personales.
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-04-12.
Texto consolidado
Los tratamientos de datos personales de las empresas y de las personas beneficiarias, y las cesiones de los mismos entre las administraciones públicas que resulten necesarias para la tramitación de estas ayudas, se consideran fundadas en el cumplimiento de una misión realizada en interés público, por lo que no será necesario recabar el consentimiento de aquellas.
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