Artículo 5. Naturaleza jurídica.
Artículo 5 del Decreto-ley 21/2020, de 2 de junio, de medidas urgentes de carácter económico, cultural y social. · BOE-A-2020-8751
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-06-04.
Texto consolidado
5.1 La prestación regulada en este Decreto-ley se configura como una prestación social de carácter económico, extraordinaria y de pago único, que se otorga por el procedimiento de concurrencia no competitiva, hasta que se agote la dotación presupuestaria. La prestación tiene carácter puntual y, por tanto, se hará efectiva con un pago único mediante transferencia bancaria.
5.2 La prestación extraordinaria para suministros básicos a personas profesionales de las artes escénicas, artes visuales, música y audiovisual, y otras actividades culturales suspendidas por razón de la crisis sanitaria en Cataluña atendiendo el objeto y su finalidad, no puede ser objeto de cesión, embargo o retención.