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Ley Vigente

Artículo 5 bis. Apoyo a personas propietarias de viviendas ocupadas.

Artículo 5 bis de la Ley 8/2004, de 20 de octubre, de la Vivienda de la Comunidad Valenciana. · BOE-A-2004-19752

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-06-01.

Texto consolidado

1. Se crea la oficina especializada para el asesoramiento y acompañamiento a las personas víctimas de la ocupación de viviendas sin título jurídico habilitante o incumplimientos contractuales.

2. La oficina estará adscrita a la conselleria competente en materia de vivienda de la Generalitat Valenciana.

3. Reglamentariamente se desarrollarán las competencias atribuidas, así como su régimen de organización y funcionamiento.

4. Su creación y puesta en marcha no supondrá incremento de gasto en el capítulo I, Gastos de personal, del presupuesto de la Generalitat.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2025-06-01.

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