Artículo 49. Modificación de los Estatutos.
Artículo 49 del Real Decreto 377/2015, de 14 de mayo, por el que se aprueban los Estatutos del Colegio de Geógrafos. · BOE-A-2015-5853
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-05-29.
Texto consolidado
La reforma de los Estatutos sólo podrá verificarse por acuerdo de la Asamblea General extraordinaria que deberá ser adoptado por mayoría de las dos terceras partes de los colegiados votantes, a propuesta de la Junta de Gobierno. Posteriormente se remitirá a la Administración pública competente, para su tramitación legal.