Artículo 49.
Artículo 49 del Real Decreto 2207/1979, de 13 de julio, por el que se aprueban los Estatutos del Colegio Nacional de Ópticos. · BOE-A-1979-22782
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1979-10-11.
Texto consolidado
El título de Colegiado de Honor confiere a las personas que lo hayan obtenido el derecho a pertenecer al Colegio sin estar obligados a pagar ninguna clase de cuota.