Artículo 49. Ejercicio económico.
Artículo 49 del Real Decreto 184/2008, de 8 de febrero, por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea. · BOE-A-2008-2595
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-02-15.
Texto consolidado
El ejercicio económico se computará por períodos anuales, comenzando el día 1 de enero de cada año.