Artículo 49. Organización.
Artículo 49 de la Ley Foral 12/2022, de 11 de mayo, de atención y protección a niños, niñas y adolescentes y de promoción de sus familias, derechos e igualdad. · BOE-A-2022-8641
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-07-19.
Texto consolidado
1. El Pleno del Consejo se regirá por su reglamento de organización y funcionamiento y, en lo no previsto en el mismo, por las reglas establecidas para los órganos colegiados de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.
2. Para el cumplimiento de sus funciones, el Consejo dispondrá de medios materiales y recursos humanos suficientes que serán proporcionados por el departamento competente en la materia de protección de menores.
3. El Pleno podrá acordar la constitución de Comisiones, de conformidad con lo que disponga el reglamento de organización y funcionamiento.