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Ley Vigente

Artículo 49. Avales de los entes públicos.

Artículo 49 de la Ley 65/1997, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1998. · BOE-A-1997-28052

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1998-01-01.

Texto consolidado

Uno. Se autoriza a la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales a prestar avales en el ejercicio 1998, en relación con las operaciones de crédito que concierten las sociedades mercantiles en cuyo capital participe directa o indirectamente, hasta un límite máximo de 300.000 millones de pesetas.

Dos. El ente público Puerto del Estado podrá autorizar a la Autoridad Portuaria de Barcelona la concesión de avales durante el ejercicio 1998 a favor de la «Sociedad Internacional Trade Center Barcelona, Sociedad Anónima», con un límite máximo de 4.500 millones de pesetas.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1998-01-01.

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