Artículo 49. Principio de sensibilización y concienciación ante situaciones de desprotección.
Artículo 49 de la Ley 4/2023, de 22 de marzo, de Derechos, Garantías y Protección Integral de la Infancia y la Adolescencia de la Comunidad de Madrid. · BOE-A-2023-14347
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-04-16.
Texto consolidado
La Comunidad de Madrid desarrollará actuaciones encaminadas a la sensibilización, prevención, detección, notificación y asistencia frente a cualquier forma de desprotección, especialmente en casos de violencia contra los niños, mediante procedimientos que aseguren la cooperación y la colaboración entre las distintas administraciones públicas, entidades colaboradoras y servicios competentes, tanto públicos como privados, para garantizar una actuación integral.
Asimismo, desarrollará actuaciones para sensibilizar a la sociedad en general frente a las situaciones de vulnerabilidad, desprotección y violencia sufridas por la infancia y sus consecuencias a corto, medio y largo plazo. Especialmente difundirá las obligaciones que corresponden a todos los ciudadanos en relación con su detección, notificación y denuncia, y las distintas formas de colaborar con el sistema de protección de menores desde la sociedad civil.
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- Ver la norma completa: Ley 4/2023, de 22 de marzo, de Derechos, Garantías y Protección Integral de la Infancia y la Adolescencia de la Comunidad de Madrid.