Artículo 49. Recursos ajenos del Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria.
Artículo 49 de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023. · BOE-A-2022-22128
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-01-01.
Texto consolidado
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 53.5 de la Ley 11/2015, de 18 de junio, de recuperación y resolución de entidades de crédito y empresas de servicios de inversión, durante el ejercicio presupuestario de 2023 los recursos ajenos del FROB no superarán el importe de 6.869.983 miles de euros.