Artículo 49. Asunción por el Estado de Deuda del Ente Público Radiotelevisión Española.
Artículo 49 de la Ley 21/1993, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1994. · BOE-A-1993-31087
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1994-01-01.
Texto consolidado
De acuerdo con lo establecido en la cláusula 7 del Contrato –Programa Estado– Ente Público RTVE para 1993, el Estado asumirá con efectos de 1 de enero de 1994 la deuda del Ente Público Radiotelevisión Española por un importe de 30.500 millones de pesetas, en los términos que se indican en el anexo VII de esta Ley.
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