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Ley Vigente

Artículo 49. La calidad de los servicios sociales.

Artículo 49 de la Ley 16/2010, de 20 de diciembre, de servicios sociales de Castilla y León. · BOE-A-2011-402

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-03-21.

Texto consolidado

1. La prestación de unos servicios de calidad es un objetivo prioritario de los servicios sociales de Castilla y León.

2. Los servicios sociales responderán en su organización y desarrollo a criterios de calidad que garanticen las condiciones adecuadas en su dispensación y funcionamiento, y promuevan su permanente innovación y mejora.

3. Los criterios de calidad informarán la normativa sobre registro, autorización y acreditación y el desarrollo de los planes de calidad que sean aplicables a toda actividad que en materia de servicios sociales desarrollen en Castilla y León, la Administración de la Comunidad, las entidades locales competentes y las entidades privadas.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2011-03-21.

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