El Vínculo El Vínculo.
Real Decreto Vigente 2 redacciones

Artículo 48. Reducciones de la ayuda en la intervención de cosecha en verde.

Artículo 48 del Real Decreto 147/2023, de 28 de febrero, por el que se establecen las normas para la aplicación de penalizaciones en las intervenciones contempladas en el Plan Estratégico de la Política Agrícola Común, y se modifican varios reales decretos por los que se regulan distintos aspectos relacionados con la aplicación en España de la Política Agrícola Común para el período 2023-2027. · BOE-A-2023-5370

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-01-25.

Texto consolidado

1. No se pagará ayuda alguna por la cosecha en verde en cualquiera de los siguientes supuestos:

a) Cuando la cosecha en verde se haya ejecutado después del 15 de julio de cada ejercicio en la parcela o parcelas correspondientes.

b) Cuando no se haya reducido a cero el rendimiento de la parcela y no se hayan eliminado todos los racimos de uva.

c) Cuando se haya producido la pérdida total o parcial de la producción antes de la fecha de cosecha en verde. Para la aplicación de este supuesto deberá tenerse en cuenta lo establecido en el artículo 42.5 del Real Decreto 905/2022, de 25 de octubre.

Se deja sin contenido el apartado 2 por el art. 8.9 del Real Decreto 92/2024, de 23 de enero. Ref. BOE-A-2024-1308

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2024-01-25.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2024-1308.

En El Vínculo puedes comparar qué decía este artículo en cada fecha, redacción a redacción.

Más artículos de Real Decreto 147/2023

En El Vínculo puedes leer Real Decreto 147/2023 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.