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Orden Vigente

Artículo 48. Destinos de libre designación.

Artículo 48 de la Orden INT/26/2021, de 15 de enero, por la que se establecen las normas específicas para la clasificación y provisión de destinos en la Guardia Civil. · BOE-A-2021-897

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-01-23.

Texto consolidado

Son destinos de libre designación para el personal en situación de reserva:

a) Los correspondientes a las categorías de Oficiales Generales y de Oficiales, y a los empleos de Suboficial Mayor y de Cabo Mayor.

b) Los del personal destinado en las unidades, centros u organismos relacionados en el artículo 9.3.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2021-01-23.

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