Artículo 48.
Artículo 48 de la Ley 6/1991, de 19 de abril, de Archivos y del Patrimonio Documental de Castilla y León. · BOE-A-1991-14132
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2012-03-01.
Texto consolidado
El Centro de Conservación y Restauración de Documentos, el Centro de Digitalización y Reprografía de Castilla y León y el Centro de Información de Archivos de Castilla y León serán instrumentos que prestarán servicios especializados en las materias de su competencia.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2012-4385.