El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 48. Prescripción de las infracciones.

Artículo 48 de la Ley 3/2023, de 4 de julio, reguladora de los juegos de Galicia. · BOE-A-2023-19355

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-10-06.

Texto consolidado

1. Las infracciones leves prescribirán a los seis meses; las graves, a los dos años; y las muy graves, a los tres años.

2. De acuerdo con el artículo 30.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, el plazo de la prescripción comenzará a contar desde el día en que la infracción se haya cometido. En caso de infracciones continuadas o permanentes, el plazo comenzará a correr desde que finalizó la conducta infractora.

Interrumpirá la prescripción la iniciación con conocimiento de la persona interesada de un procedimiento administrativo de naturaleza sancionadora, reanudándose el plazo de prescripción si el expediente sancionador estuviera paralizado durante más de un mes por causa no imputable a la presunta persona responsable.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2023-10-06.

Más artículos de Ley 3/2023

En El Vínculo puedes leer Ley 3/2023 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.