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Ley Vigente

Artículo 48. Tutela.

Artículo 48 de la Ley 3/2019, de 25 de febrero, de la Actividad Físico-Deportiva de Castilla y León. · BOE-A-2019-4455

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-06-05.

Texto consolidado

1. La Administración de la Comunidad Autónoma ejercerá la función de tutela sobre funciones públicas delegadas de las federaciones deportivas, a través, entre otros, de los siguientes medios:

a) La resolución de recursos contra los actos de las federaciones deportivas dictados en el ejercicio de funciones públicas, a través del Tribunal del Deporte de Castilla y León, como órgano competente para resolver sobre dichos recursos.

b) La avocación del ejercicio de las funciones públicas de las federaciones deportivas a través de la Consejería competente en materia de deporte.

c) La convocatoria, a través de la Dirección General competente en materia de deporte, de los órganos colegiados, para el debate y resolución, si procede, de todos los asuntos y cuestiones relacionadas directa o indirectamente con el ejercicio de funciones públicas delegadas cuando aquéllos no hubieran sido convocados, en plazo reglamentario, por quien tuviera la obligación de hacerlo.

2. Al objeto de garantizar el correcto desempeño de las funciones públicas que desarrollan las federaciones deportivas, así como el cumplimiento del ordenamiento jurídico, deberán remitir a la Dirección General competente en materia de deporte aquella documentación e información que le sea requerida en cualquier momento. Igualmente, la Dirección General competente en materia de deporte podrá inspeccionar los libros y documentos federativos cuando se refiera al ejercicio de las funciones públicas delegadas.

3. Corresponde a la Consejería competente en materia de deporte el nombramiento provisional de interventores y administradores y la convocatoria, en su caso, de un proceso electoral a la Presidencia y a los órganos de representación, en los supuestos de suspensión del Presidente y de los demás miembros de los órganos colegiados de las federaciones deportivas.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2019-06-05.

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