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Ley Vigente

Artículo 48. Competencia.

Artículo 48 de la Ley 24/2018, de 5 de diciembre, de mediación de la Comunitat Valenciana. · BOE-A-2019-966

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-03-07.

Texto consolidado

La iniciación e instrucción del expediente sancionador y, en su caso, la imposición de las sanciones administrativas previstas en esta ley se llevarán a cabo por la conselleria competente en materia de mediación.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2019-03-07.

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