Artículo 48. Infracciones en materia de datos contenidos en la declaración responsable.
Artículo 48 de la Ley 2/2026, de 14 de abril, de la Generalitat, para la mejora de la renta valenciana de inclusión. · BOE-A-2026-9799
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2026-10-20.
Texto consolidado
1. La inexactitud, falsedad u omisión en cualquier dato o manifestación contenida en las declaraciones responsables que pudieran realizar las personas interesadas, estará sujeta, en cuanto a la calificación de la infracción, al régimen sancionador establecido en el capítulo X del título I de la Ley 6/2024, de 5 de diciembre, de simplificación administrativa.
2. En cuanto a las sanciones a imponer, graduación, responsabilidad, prescripción, competencia, y demás especialidades procedimentales, se estará a lo dispuesto en la presente ley.