Artículo 48. Funcionamiento.
Artículo 48 de la Ley 2/2014, de 8 de mayo, de Museos de Castilla-La Mancha. · BOE-A-2014-10665
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-06-17.
Texto consolidado
1. El Consejo de Museos de Castilla-La Mancha se reunirá, como mínimo, una vez al trimestre y, en todo caso, cuantas veces sea convocada por la Presidencia.
2. Para cumplir mejor sus funciones, el Consejo de Museos podrá crear en su seno las comisiones que crea oportunas para el tratamiento de aspectos específicos.