Artículo 48.
Artículo 48 de la Ley 1/1983, de 22 de febrero, reguladora de la Junta y su Presidente. · BOE-A-1983-23788
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-08-27.
Texto consolidado
La Xunta solicitará anualmente del Parlamento, al comienzo de uno de los periodos de sesiones, la celebración de un debate de política general. No habrá lugar a celebrar este debate cuando en el mismo año la Cámara haya investido al presidente o presidenta de la Xunta de Galicia.
Se modifica por el art. 2 de la Reforma del Reglamento del Parlamento de Galicia de 3 de agosto de 2015. Ref. DOG-g-2015-90696
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 4 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2015-90696.