Artículo 48. Reservas.
Artículo 48 del Instrumento de Ratificación del Convenio del Consejo de Europa para la protección de los niños contra la explotación y el abuso sexual, hecho en Lanzarote el 25 de octubre de 2007. · BOE-A-2010-17392
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-12-01.
Texto consolidado
No se admitirá ninguna reserva a las disposiciones del presente Convenio, con excepción de las que se establezcan expresamente. Toda reserva podrá retirarse en cualquier momento.