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Ley Vigente

Artículo 47. Información y sensibilización social.

Artículo 47 de la Ley 8/2010, de 23 de diciembre, de garantía de derechos y atención a la infancia y la adolescencia. · BOE-A-2011-1141

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-01-28.

Texto consolidado

1. La Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria realizará campañas de sensibilización sobre el buen trato a la infancia, la prevención de las situaciones de desprotección infantil y sobre las consecuencias derivadas de dicha desprotección para la infancia y la adolescencia.

2. A este efecto, utilizará cuantos medios sean precisos para que el conjunto de la población y, especialmente, la infancia y la adolescencia, dispongan de la información suficiente sobre los derechos que les asisten y los recursos existentes, prestando especial atención a las personas menores que se encuentren en situación de mayor desventaja social.

3. El Gobierno de Cantabria promoverá que los medios de comunicación públicos o subvencionados con recursos públicos no emitan en su programación imágenes o contenidos que resulten contrarios a la finalidad y espíritu de esta Ley.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2011-01-28.

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