Artículo 47. Entidades de protección animal tipo GCOF.
Artículo 47 de la Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales. · BOE-A-2023-7936
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-09-29.
Texto consolidado
Son entidades Tipo GCOF: aquellas entidades colaboradoras en gestión de colonias felinas de gatos comunitarios. Estas entidades deberán cumplir las siguientes obligaciones:
a) Presentar a la Administración competente una memoria anual en la que se incluya memoria económica y de gestión.
b) Colaborar con las entidades locales para la implantación y desarrollo de los programas de Gestión de Colonias Felinas, conforme a lo dispuesto en esta ley.
c) Disponer de autorización administrativa para el ejercicio de dicha actividad en el ámbito territorial donde se realice.