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Ley Derogada

Artículo 47. Promoción de la participación ciudadana.

Artículo 47 de la Ley 7/2005, de 30 de junio, de Juventud de La Rioja. · BOE-A-2005-12879

Atención: Ley 7/2005 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. La Administración Pública de la Comunidad de La Rioja facilitará la participación individual de las personas jóvenes, con respeto a los principios de igualdad y publicidad, en los asuntos públicos. Igualmente, las Administraciones públicas establecerán mecanismos para acoger en los procesos de la política juvenil las expresiones espontáneas de participación juvenil, con respeto a la Ley y a los valores democráticos.

2. A tal efecto, reglamentariamente se determinarán los mecanismos de consulta e información pública joven que sean necesarios para el mejor cumplimiento de los principios de esta Ley.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2005-07-10.

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