Artículo 47. Concejo abierto.
Artículo 47 de la Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón. · BOE-A-1999-10151
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1999-07-17.
Texto consolidado
Los municipios de menos de cien habitantes funcionan en régimen de concejo abierto o Asamblea vecinal.