Artículo 47. Derechos sindicales.
Artículo 47 de la Ley 6/2019, de 4 de abril, de Coordinación de las Policías Locales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. · BOE-A-2019-7283
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-10-06.
Texto consolidado
Se garantiza el ejercicio de los derechos sindicales a todos los efectivos de los Cuerpos de Policía Local en los términos que determine la legislación vigente.