Artículo 47. Órganos de gobierno de la entidad.
Artículo 47 de la Ley 5/2012, de 23 de febrero, sobre Entidades de Previsión Social Voluntaria. · BOE-A-2012-3754
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2012-03-07.
Texto consolidado
En toda entidad de previsión social voluntaria deben existir los siguientes órganos de representación, administración y gestión:
a) Asamblea general.
b) Junta de gobierno.