Artículo 47. Autoridades autonómicas de protección civil. Enumeración.
Artículo 47 de la Ley 30/2002, de 17 de diciembre, de Protección Civil y Atención de Emergencias de Aragón. · BOE-A-2003-1496
Atención: Ley 30/2002 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Son autoridades de protección civil de la Administración de la Comunidad Autónoma:
a) El Gobierno de Aragón.
b) El Consejero competente en la materia.
c) El Director general que tenga atribuida la competencia sobre protección civil.
d) El Jefe o jefes de servicio competentes en materia de protección civil.
e) Los directores de los planes de protección civil, autonómico y especiales.