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Ley Vigente

Artículo 47. Causas de disolución de la mancomunidad.

Artículo 47 de la Ley 21/2018, de 16 de octubre, de mancomunidades de la Comunitat Valenciana. · BOE-A-2018-16341

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-10-20.

Texto consolidado

Las mancomunidades deberán disolverse cuando concurran, además de las causas previstas en sus estatutos, alguna de las siguientes:

a) Porque así lo dispongan las leyes.

b) Porque se hayan cumplido o hayan desaparecido todos sus objetivos.

c) Porque así lo acuerden los municipios que las integran.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2018-10-20.

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