Artículo 47. Disposiciones generales.
Artículo 47 de la Ley 2/2026, de 12 de marzo, para la Gestión Ambiental de Andalucía. · BOE-A-2026-7558
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2026-06-20.
Texto consolidado
1. La evaluación de impacto ambiental de proyectos se regirá por lo dispuesto en la normativa básica estatal, con las particularidades previstas en la presente ley y en su desarrollo reglamentario.
2. El procedimiento de evaluación de impacto ambiental de proyectos se integrará, en todo caso, en los procedimientos de autorización ambiental integrada, autorización ambiental unificada y autorización ambiental unificada simplificada.
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