El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 47. Prescripción.

Artículo 47 de la Ley 12/2002, de 14 de junio, del transporte por cable. · BOE-A-2002-14080

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-07-28.

Texto consolidado

1. Las infracciones muy graves prescriben a los tres años; las infracciones graves, a los dos años, y las infracciones leves, al año. Estos plazos se empiezan a contar desde la fecha en que se comete la infracción.

2. Los plazos fijados por el apartado 1 son aplicables también a la prescripción de las sanciones, contados a partir del día siguiente de su firmeza en vía administrativa.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2002-07-28.

Más artículos de Ley 12/2002

En El Vínculo puedes leer Ley 12/2002 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.