Artículo 47. Vinculación de los créditos.
Artículo 47 de la Ley 11/2006, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública Canaria. · BOE-A-2007-3825
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-01-01.
Texto consolidado
Los créditos consignados en los estados de gastos son vinculantes con sujeción a la clasificación orgánica, económica, por programas y territorial que se establezca en las leyes de Presupuestos.