Artículo 47. Relaciones con los demás sujetos integrantes del sector público madrileño.
Artículo 47 de la Ley 11/1999, de 29 de abril, de la Cámara de Cuentas de la Comunidad de Madrid. · BOE-A-1999-15799
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1999-06-13.
Texto consolidado
Las relaciones con los demás sujetos integrantes del sector público madrileño cuya gestión pueda ser objeto de control por la Cámara de Cuentas, de conformidad con lo previsto en el artículo 2 de la presente Ley, se canalizarán a través del órgano que ostente la representación de los mismos, sin perjuicio de lo previsto en el artículo 11.2 de esta Ley.