Artículo 47. Remanentes en el Plan provincial de cooperación a las obras y servicios de competencia municipal.
Artículo 47 de la Ley 1/2021, de 23 de junio, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2021. · BOE-A-2021-21313
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-06-26.
Texto consolidado
Con cargo a los remanentes que se puedan producir por anulación, renuncia o bajas en la adjudicación de las obras que integran el Plan de Cooperación a las Obras y Servicios de competencia municipal, los ayuntamientos podrán solicitar nuevas actuaciones (Planes Complementarios), cuyo objeto sea la disminución de déficits en infraestructuras básicas municipales, detectadas a través de la Encuesta de Infraestructuras y Equipamientos Locales.
Para el caso de que los remanentes se produzcan por bajas en la adjudicación de las obras subvencionadas y las corporaciones locales correspondientes no soliciten su aplicación a nuevas actuaciones, el importe de dichas bajas será destinado a minorar la aportación municipal a la actuación subvencionada, siempre y cuando, la subvención no sea superior al importe de adjudicación.
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- Ver la norma completa: Ley 1/2021, de 23 de junio, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2021.