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Ley Vigente

Artículo 46. Créditos de procedimientos de emergencia ciudadana.

Artículo 46 de la Ley 1/2021, de 23 de junio, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2021. · BOE-A-2021-21313

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-06-26.

Texto consolidado

En el Anexo VIII se incluyen las partidas y proyectos de gasto correspondientes a los créditos que amparan los procedimientos de emergencia ciudadana contemplados en el Anexo de la Ley 4/2016, de 15 de abril, de regulación de los procedimientos de emergencia ciudadana en la Administración de la Región de Murcia.

Todo ello, sin perjuicio de las nuevas partidas y proyectos de gasto de la misma naturaleza que puedan crearse o habilitarse durante el ejercicio, que deberán ser comunicados previamente a la Dirección General competente en materia de presupuestos.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2021-06-26.

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