Artículo 47. La Red de espacios naturales protegidos.
Artículo 47 del Decreto Legislativo 1/2015, de 29 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Espacios Protegidos de Aragón. · BOA-d-2015-90531
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-08-07.
Texto consolidado
1. Se establece la Red de espacios naturales protegidos de Aragón, que estará constituida por todos los espacios naturales protegidos existentes en la Comunidad Autónoma de Aragón, y que quedará integrada, a todos los efectos, como uno de los componentes esenciales de la Red Natural de Aragón para asegurar una gestión homogénea de todo el patrimonio natural de Aragón.
2. La Red de espacios naturales protegidos se configurará de acuerdo con los principios de representatividad de los sistemas naturales del territorio aragonés, viabilidad ecológica y conexión biológica entre ellos.