Artículo 47. Heredamiento de confianza.
Artículo 47 del Decreto Foral Legislativo 250/2002, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. · BON-n-2002-90009
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-12-31.
Texto consolidado
El heredamiento de confianza, regulado en el Título XII del Libro II de la Compilación, se considerará como fideicomiso a los efectos del Impuesto.