El Vínculo El Vínculo.
Ley Orgánica Vigente

Artículo 460.

Artículo 460 de la Ley Orgánica 2/1989, de 13 de abril, Procesal Militar. · BOE-A-1989-8712

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1989-05-08.

Texto consolidado

Si el sancionado en vía disciplinaria militar falleciere durante los plazos de interposición del recurso contencioso-disciplinario militar o estuviere ya interpuesto, estarán legitimados para interponerlo o continuarlo su cónyuge supérstite o persona ligada a aquél por una relación estable de convivencia afectiva, o sus herederos.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1989-05-08.

Más artículos de Ley Orgánica 2/1989

En El Vínculo puedes leer Ley Orgánica 2/1989 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.