Artículo 46. Autorizaciones requeridas.
Artículo 46 del Real Decreto 1217/2024, de 3 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento sobre instalaciones nucleares y radiactivas, y otras actividades relacionadas con la exposición a las radiaciones ionizantes. · BOE-A-2024-25205
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-12-05.
Texto consolidado
1. Teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 10.2 de la Ley 7/2021, de 20 de mayo, de cambio climático y transición energética, los titulares de las instalaciones radiactivas del ciclo del combustible nuclear podrán solicitar las siguientes autorizaciones: autorización de desmantelamiento y cierre y declaración de cierre y, en su caso, autorización de modificación y autorización de cambio de titularidad.
2. Las instalaciones radiactivas distintas de las instalaciones del ciclo del combustible nuclear requerirán autorización de funcionamiento, declaración de clausura y, en su caso, autorización de modificación y autorización de cambio de titularidad.
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