Artículo 46. Responsables.
Artículo 46 de la Orden de 18 de enero de 2000 por la que se aprueba el Reglamento sobre Despacho de Buques. · BOE-A-2000-2108
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2000-02-03.
Texto consolidado
Serán responsables de las infracciones por incumplimiento de lo previsto en este Reglamento, las personas físicas o jurídicas señaladas en el artículo 118 de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante.