Artículo 46. Régimen electoral.
Artículo 46 de la Orden APM/111/2018, de 25 de enero, por la que se aprueban los Estatutos del Consejo Regulador de la Denominación de Origen Protegida "Cava". · BOE-A-2018-1853
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-02-11.
Texto consolidado
Los miembros de los órganos de gobierno del Consejo Regulador de la DOP «Cava» se renovarán cada cuatro años, de acuerdo con el régimen electoral establecido en los presentes Estatutos.
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