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Orden Vigente

Artículo 46. Prescripción.

Artículo 46 de la Orden APA/367/2024, de 19 de abril, por la que se reconoce al Consejo Regulador de la Denominación de Origen Protegida "Pimentón de Murcia" la condición de Corporación de Derecho Público de ámbito territorial supraautonómico y se aprueban sus estatutos. · BOE-A-2024-8262

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-04-25.

Texto consolidado

1. Las infracciones disciplinarias prescribirán:

a) Las leves: a los seis meses.

b) Las graves: al año.

c) Las muy graves: a los dos años.

2. Las sanciones disciplinarias prescribirán:

a) Las impuestas por infracciones leves: al año.

b) Las impuestas por infracciones graves: a los dos años.

c) Las impuestas por infracciones muy graves: a los tres años.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2024-04-25.

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