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Ley Foral Derogada

Artículo 46. Período impositivo y devengo.

Artículo 46 de la Ley Foral 17/1998, de 19 de noviembre, de la Cámara Oficial de Comercio e Industria de Navarra. · BOE-A-1999-298

Atención: Ley Foral 17/1998 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

El período impositivo y el devengo de las exacciones que constituyen el recurso cameral permanente coincidirán con los de los tributos a los que se refieren.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1998-11-28.

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